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NUNCA SE PUEDE LEGITIMAR LA MUERTE DE UN INOCENTE




Vicaria Episcopal para la Acción Pastoral
y el Apostolado Seglar
Nunca se puede legitimar la muerte de un inocente



“Quien negara la defensa a la persona humana más inocente y débil, a la persona humana ya concebida aunque todavía no nacida, cometería una gravísima violación del orden moral. Nunca se puede legitimar la muerte de un inocente. Se minaría el mismo fundamento de la sociedad. ¿Qué sentido tendría hablar de la dignidad del hombre, de sus derechos fundamentales, si no se protege a un inocente, o si se llega incluso a facilitar los medios o servicios, privados o públicos, para destruir vidas humanas indefensas?” (Juan Pablo II, Homilía Misa de las Familias, Madrid 1982).

La Vicaria Episcopal para la Acción Pastoral y el Apostolado Seglar ante una posible aprobación de una ley de aborto de plazos, al tiempo que envía el material puesto por la Conferencia Episcopal Española al servicio de una campaña justa y legítima en defensa de la vida, quiere manifestar cuanto sigue:


El rechazo del proyecto de una ley de plazos que liberalizara la práctica del aborto es un deber de la conciencia cristiana irrenunciable. Quienes promueven una ley que pretende regular la práctica del aborto no pueden evitar el juicio moral sobre un acto inhumano que como tal es rechazado por la conciencia religiosa y moral no sólo de los católicos sino de cuantos creen en la sacralidad de la vida y en su inviolabilidad.

Antes que un hecho de naturaleza política el rechazo de la práctica del aborto, igual que el infanticidio, es calificado por el Concilio Vaticano II como “un crimen abominable”.

En el proyecto de ley que contempla la práctica libre del aborto se liberaliza una práctica inmoral que la doctrina de fe de la Iglesia considera en sí misma injusta y, por tanto, debe ser rechazada por la conciencia moral de todo cristiano: “Cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del estado de derecho” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, sobre el respeto de la vida humana naciente y la dignidad de la procreación, 3)

Entre los derechos fundamentales de la persona “es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte” (Ibid.)

No es moralmente justo privar al concebido y no nacido el derecho a la protección de su vida. Del mismo modo se debe proteger, amparar y apoyar la maternidad de las mujeres embarazadas en la esperanza de proteger el bien que representa su contribución a la procreación y amparo de la vida humana, sin la cual peligra la misma sociedad.
Estos principios de orden moral han de ser compartidos por todas las asociaciones de fieles, entre las cuales se hallan las Hermandades y Cofradías, cuya libertad de manifestación en defensa y protección de la vida humana concebida y no nacida nadie puede coartar, salvo el mantenimiento del orden público.

Almería, 25 de Marzo de 2009, fiesta de la Anunciación del Señor, Día de Oración por la Vida.

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